Honduras: graves violaciones de los derechos laborales, según datos del Departamento de Trabajo de Estados Unidos

El Departamento de Trabajo de Estados Unidos ha publicado un fulminante informe de 143 páginas que documenta las graves y generalizadas violaciones de los derechos laborales en Honduras.

El informe es la respuesta a una denuncia presentada en 2012 por la AFL-CIO y otros 26 sindicatos hondureños y ONG en el marco del capítulo laboral del Tratado de Libre Comercio para Centroamérica (CAFTA, en inglés). La acusación incluye numerosos casos en los que empleadores hondureños participaron en actos de discriminación antisindical e impusieron acuerdos no sindicales para impedir la negociación colectiva, así como casos de impago de salarios, horas extra obligatorias, numerosas violaciones de las normas de seguridad y sanidad en el lugar de trabajo y de trabajo infantil en el sector agrícola.

En todos los casos, la conducta del empleador era ilegal según la legislación laboral hondureña, pero el gobierno fracasó rotundamente en su aplicación, ya que no ofreció ninguna compensación a los trabajadores/as ni sancionó a los empleadores. El importe de las multas no se ha incrementado desde 1980, por lo que las sanciones para los delitos laborales graves oscilan entre 9,35 y 460 USD. Incluso después de que se presentara la denuncia y de que Estados Unidos solicitara un seguimiento de los casos concretos que se especifican en la misma, el gobierno hondureño siguió sin aplicar la ley.

La Confederación Sindical Internacional ha identificado a Honduras como un “país en situación de riesgo” e insta a su gobierno a que aplique inmediatamente las recomendaciones del informe. El gobierno hondureño tendrá que emprender importantes reformas para cumplir con sus obligaciones jurídicas internacionales con el objetivo de lograr una aplicación efectiva de su legislación laboral. Para ello, tendrá que colaborar estrechamente con los sindicatos hondureños.

Al mismo tiempo, el gobierno de Estados Unidos debe prestar ayuda al gobierno hondureño para que dichas reformas se apliquen sin demora e incrementar su apoyo a los sindicatos para que se organicen y negocien colectivamente. Si el gobierno hondureño no abordara las cuestiones que se plantean en la demanda, Estados Unidos deberá utilizar los mecanismos disponibles en el Tratado de Libre Comercio para Centroamérica con el objetivo de asegurar su aplicación, incluyendo, de ser necesario, el arbitraje. Los países que firman tratados de comercio deben reconocer que sus obligaciones laborales son tan vinculantes como el resto de las disposiciones del tratado.

Asimismo, Estados Unidos debe tomar medidas para garantizar que las multinacionales estadounidenses que adquieren mercancías en Honduras se aseguren de que no se violan los derechos laborales en sus cadenas de suministro. Las violaciones de los derechos laborales que aparecen en el informe se dan en sectores cuyos productos se exportan a Estados Unidos, como el sector textil, el de la industria ligera y el agrícola.

Los capítulos laborales se suelen promover como un modo de abordar algunas de las numerosas inquietudes sobre el impacto social y económico que ejercen los tratados de libre comercio. Al negociar nuevos tratados de comercio, Estados Unidos debe hacer que se cumplan con firmeza los capítulos laborales de los que ya están en vigor. Hasta la fecha, los trabajadores y trabajadoras, incluidos los de Centroamérica, todavía no han visto cambios reales, ya que la impunidad en materia de la violación de los derechos laborales sigue siendo generalizada. Estados Unidos debe utilizar todos los medios a su disposición para demostrar que dichos tratados pueden constituir una herramienta eficaz para los trabajadores y trabajadoras.

Para más información