Rumanía: presión entre bastidores del FMI y la CE contra la restauración de los derechos fundamentales del trabajo

El Fondo Monetario Internacional (FMI) y la Comisión Europea (EC) están presionando a puerta cerrada al Gobierno de Rumanía para impedirle rectificar las disposiciones de la Ley sobre diálogo social adoptada en 2011, que contraviene las normas fundamentales del trabajo reconocidas internacionalmente.

La Confederación Sindical Internacional (CSI) condena enérgicamente a las dos instituciones por las presiones ejercidas para obligar al Gobierno a adoptar medidas que son contradictorias a las normas internacionales.

“La presión ejercida por el FMI y la CE sobre el Gobierno rumano para impedirle rectificar las violaciones de las normas fundamentales del trabajo es absolutamente vergonzosa”, ha dicho Sharan Burrow, Secretaria General de la CSI. “La nueva legislación fue adoptada el año pasado bajo la presión del FMI, como consecuencia de lo cual se han restringido las protecciones contra la discriminación antisindical, se ha abolido la negociación colectiva a nivel nacional y se ha logrado que la negociación a nivel sectorial resulte prácticamente imposible. Tras el brutal declive de la economía rumana en 2008, las “reformas” del mercado de trabajo prescritas por el FMI y la CE en Rumanía y por toda Europa sólo han conseguido que la situación para los trabajadores y trabajadoras sea más intolerable todavía.”

El personal del FMI y de la Comisión Europea llevaron a cabo una misión conjunta en Rumanía el 14 de noviembre para examinar los progresos realizados por el Gobierno en cuanto a la implementación de las medidas prescritas en el marco de un acuerdo de crédito contingente. Las negociaciones con las dos instituciones sobre un nuevo acuerdo crediticio darán probablemente comienzo en enero, según un portavoz del Gobierno rumano.

La CSI ha obtenido una copia de un detallado documento conjunto, no disponible para su publicación, en el que la CE y el FMI presionan al Gobierno rumano para que no adopte un decreto destinado a rectificar las medidas/disposiciones que sean contradictorias a las normas fundamentales del trabajo. El decreto en cuestión pretende corregir ciertas lagunas relativas a las disposiciones de la Ley sobre diálogo social. El documento, titulado Comentarios conjuntos del personal de la Comisión Europea y del FMI sobre el Proyecto de Ordenanza de Emergencia para enmendar la Ley 62/2011 sobre diálogo social, ha sido examinado por el personal de la sede central del FMI, que ha reconocido su autenticidad.

El Gobierno está enmendando la Ley sobre diálogo social porque las disposiciones de dicha ley adoptada en 2011 infringen los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que contienen normas del trabajo internacionalmente reconocidas y ratificadas por Rumanía. La OIT ha instado en repetidas ocasiones al Gobierno de este país a que ajuste la Ley sobre diálogo social al Convenio núm. 98 de la OIT sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, que figura entre sus ocho convenios fundamentales del trabajo.

En el documento obtenido por la CSI, la CE y el FMI presionan a las autoridades “para que garanticen que los convenios colectivos nacionales del trabajo no comporten elementos relacionados con los salarios”. Esto contradice el artículo 4 del Convenio 98 de la OIT, conforme al cual los Gobiernos no habrán de promulgar medidas que restrinjan el alcance de las cuestiones negociables en el marco de estos convenios laborales.

La CE y el FMI también presionan al Gobierno para que limite “a una cifra y un período adecuados” el número de personas que pueden disfrutar de la protección contra la discriminación antisindical o el despido por represalias. Esto contraviene el artículo 1 del Convenio 98 de la OIT, que establece que todos los trabajadores y trabajadoras deberán gozar de una protección adecuada contra todo acto de discriminación o de despido a causa de su afiliación sindical o de su participación en actividades sindicales. Las protecciones contra la discriminación no deberían limitarse únicamente a los “representantes elegidos y nombrados” de un sindicato, y la CE y el FMI deberían abstenerse de limitar el número de personas que pueden beneficiarse de tal protección.

Además, la ordenanza del Gobierno propone enmendar determinados artículos (artículos 183, 186, 202, 205) de la ley sobre diálogo social que regulan las huelgas. En lugar de instar al Gobierno a ajustar estas disposiciones conforme a los Convenios de la OIT, la CE y el FMI presionan en su documento al Gobierno para que limite la posibilidad de organizar legalmente una huelga. Las dos instituciones afirman: “Consideramos preocupante la flexibilización de los procedimientos de la legislación existente que tratan de evitar la proliferación de las huelgas.”

Una preocupación más grave todavía, si se tiene en cuenta que las disposiciones existentes de la ley relativa a las huelgas de solidaridad (artículo 186), que estipulan las categorías de funcionarios afectados por la prohibición de huelga (artículo 202), y las condiciones sobre las cuales los miembros de un sindicato pueden convocar una huelga en el sector privado (artículo 205), son contradictorias a los Convenios de la OIT y a las disposiciones del Derecho Internacional en materia de los derechos humanos concernientes a la libertad de asociación.

La Ley No. 62 relativa al diálogo social fue adoptada en mayo de 2011 por un Gobierno de centro-derecha que impuso unas medidas de austeridad draconianas tras la severa crisis económica que sufrió el país en 2008-09. Desde su adopción, la Ley sobre el diálogo social ha dificultado la negociación colectiva hasta tal punto que no se ha concluido ni un solo convenio a escala sectorial. La negociación colectiva a nivel de empresa también ha disminuido de manera drástica. En mayo, el nuevo Gobierno de centro-izquierda, que llegó al poder bajo la dirección del Primer Ministro Victor Ponta, ha intentado restaurar los derechos de los trabajadores.

La Ley sobre diálogo social, tal y como fue adoptada en 2011, abolió la negociación colectiva a escala nacional y eliminó la prórroga automática de los convenios colectivos a las partes no signatarias, según la OIT. Dicha ley también ha aumentado el número mínimo de trabajadores necesario para la constitución de un sindicato, ha aumentado el umbral de representación de los sindicatos para la conclusión de convenios colectivos y ha flexibilizado las condiciones vinculadas al despido de representantes sindicales.

Consultar las recomendaciones del FMI-CE relativas a la reforma del código laboral