Derechos fundamentales en el trabajo de la República de Corea

El Grupo Nacional Consultivo del Acuerdo de Libre Comercio entre la Unión Europea y Corea publicó un dictamen sobre “Los Derechos Fundamentales en el Trabajo de la República de Corea”.

El Grupo está formado por sindicatos, organizaciones de empleadores, organizaciones de la sociedad civil y el Comité Económico y Social Europeo (CESE). El mandato del Grupo consiste en asesorar a la UE sobre la aplicación del capítulo relativo a la Sostenibilidad del acuerdo de libre comercio. En Corea se ha establecido un Grupo similar.

El dictamen identifica los ámbitos en los que la legislación nacional no aplica plenamente los derechos enumerados en la Declaración de la OIT relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo y propone modificaciones en aquellos ámbitos que la legislación nacional no respeta. El dictamen señala, en particular, que el Gobierno de Corea debería ratificar los Convenios de la OIT núms. 29, 87, 98 y 105, y definir estrictamente el alcance de la obstrucción de la actividad empresarial y resolver una serie de asuntos ante el Comité de Libertad Sindical de la OIT.

El documento aborda varias prácticas que no cumplen con los Convenios, incluyendo la negativa del Gobierno a reconocer al sindicato de empleados públicos Korean Government Employees Union (KGEU) y al de migrantes, Migrant’s Trade Union (MTU). Otro tema mencionado es la trágica situación de los trabajadores/as coreanos desplazados temporalmente por cuenta de una empresa y los trabajadores/as temporales. Con este fin, el Grupo Nacional Consultivo recomienda que el Gobierno de Corea tome medidas para evitar los abusos de la subcontratación como medio de eludir el ejercicio de sus derechos sindicales a través del trabajo precario.

El informe fue elaborado por la organización afiliada de la CSI miembro del Grupo Nacional Consultivo del Acuerdo de Libre Comercio UE-Corea.